Nacionales
20-março-2026
Lo que debe llevar el kit de carretera: esto dice la ley para evitar multas en 2026

Referencia bibliográfica: Imagen hecha con IA
Todos los conductores en Colombia, ya sea que manejen carro o moto, están sujetos a lo que ordena el Código Nacional de Tránsito. Esta ley establece las normas que se deben cumplir en las vías del país y también define las sanciones para quienes no las acaten.
Entre las infracciones más comunes están conducir a velocidad superior a la permitida, no portar la licencia de conducción y no tener el SOAT vigente. Esta última falta además puede llevar a que el vehículo sea inmovilizado. Pero hay una falta que genera muchas dudas entre los conductores: no tener completo el kit de carretera.
Los elementos que sí son obligatorios según el Código de Tránsito
Uno de los mayores dolores de cabeza para quienes manejan es el famoso kit de carretera. Esto se debe a que si falta un solo elemento, los agentes de tránsito pueden imponer un comparendo de más de 600 mil pesos y hasta inmovilizar el vehículo.
El artículo 30 del Código Nacional de Tránsito es claro al señalar que ningún vehículo puede transitar por las vías del país sin portar el equipo de carretera mínimo. Sin embargo, en muchas ocasiones hay confusiones sobre lo que debe llevar este kit, y algunos conductores han sido multados por no tener objetos que en realidad no son obligatorios.
Por ejemplo, en redes sociales se ha visto el caso de un agente que sancionó a un conductor por no llevar un chaleco reflectivo. Pues bien, la ley es clara y este elemento no aparece en la lista de lo que se exige obligatoriamente.
Estos son los nueve elementos que sí debe tener el kit de carretera:
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Un gato con capacidad para elevar el vehículo
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Una cruceta
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Dos señales de carretera en forma de triángulo, reflectivas y con soportes, o lámparas de luz amarilla intermitente
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Un botiquín de primeros auxilios
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Un extintor
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Dos tacos para bloquear el vehículo
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Una caja de herramientas básica que incluya alicate, destornilladores, llave de expansión y llaves fijas
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Llanta de repuesto
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Una linterna
Qué pasa con el botiquín y otros elementos que no están en la lista
Es importante aclarar que objetos como el chaleco reflectivo, los guantes o los cables para pasar corriente no son obligatorios. Aunque muchos conductores los llevan por seguridad, su ausencia no es motivo para que las autoridades impongan una multa.
En cuanto al botiquín de primeros auxilios, que sí es obligatorio, las entidades de salud recomiendan que contenga antisépticos, algodón, gasa estéril, esparadrapo, venda elástica, analgésicos, jabón o alcohol y algún elemento para cortar como tijeras.
El Ministerio de Transporte ha explicado que algunos documentos o recomendaciones sobre tránsito no tienen efectos vinculantes, es decir, no son de obligatorio cumplimiento, sino que cumplen una función didáctica. Esto significa que los conductores deben basarse estrictamente en lo que dice la ley para evitar sanciones.
Si un conductor considera que le fue impuesto un comparendo sin fundamento, tiene el derecho a impugnar la multa, ya sea que esta se haya aplicado en el momento o a través de una foto multa. Lo clave es conocer bien la ley y tener claros los elementos que realmente exige el Código de Tránsito para evitar pagar sanciones injustas.
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