Economía
15-juni-2026
Gobierno ordena devolver IVA cobrado en servicios de internet y telefonía en San Andrés

Credito imagen: Imagen generada con IA
La Superintendencia de Industria y Comercio, el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones y la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales emitieron la Circular Conjunta 00019 de 2026. Esta norma establece que las empresas de telefonía e internet deben dejar de cobrar el IVA en el Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina. Además, están obligadas a devolver todo el dinero que hayan cobrado por este concepto a los usuarios de manera indebida. Esta medida entra en vigencia de inmediato y aplica para todos los proveedores de servicios de comunicaciones que operan en el territorio insular. Los habitantes del archipiélago podrán solicitar la devolución de los valores pagados por IVA en sus facturas de servicios de comunicaciones.
Por que no se debe cobrar IVA en las islas
La decisión se basa en el régimen especial que tiene San Andrés, Providencia y Santa Catalina desde hace décadas. La Ley 47 de 1993 y el artículo 423 del Estatuto Tributario establecen que en el Archipiélago no se causa IVA sobre bienes y servicios que se presten o consuman allí. Esto se debe a las condiciones geográficas, económicas y sociales particulares de las islas. Las autoridades explicaron que el criterio determinante es el lugar donde realmente se usa o consume el servicio. Por lo tanto, si un servicio de comunicaciones se presta en el Archipiélago, está excluido del IVA y los operadores no pueden incluirlo en las facturas. Las empresas ahora deben ajustar sus sistemas de facturación para cumplir con esta obligación legal y evitar cobrar un impuesto que no corresponde.
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